Migración ha emitido un comunicado oficial en el que establece que todo extranjero con estatus de residente temporal, provisional o permanente en Panamá debe actualizar su domicilio en el país, siempre que haya cambiado su lugar de residencia. No ha establecido una fecha límite para ello, pero se debe hacer tan pronto sea posible.
Aunque esta obligación ya se encuentra prevista en la Ley Migratoria, el Servicio Nacional de Migración ha informado que, de ahora en adelante, se debe cumplir con la misma, además de que impondrá sanciones a quienes no la cumplan. Entre ellas se incluye una multa de B/. 100.00 por no reportar el cambio de domicilio dentro de los 30 días siguientes al mismo; en caso de reincidencia, podrá cancelarse el estatus migratorio y, ante una tercera omisión, incluso proceder con la deportación.
Para cumplir con esta actualización, el residente deberá presentar alguno de los siguientes documentos que acrediten su nuevo domicilio.
- Contrato de arrendamiento debidamente firmado.
- Escritura pública o certificado de registro público que certifique la propiedad de un inmueble.
- Recibo del último mes de un servicio público (agua, luz o teléfono) a nombre del residente o del arrendador.
- Copia de su carné y/o cédula E y generales de pasaporte y sello de registro.
- Poder a abogado cuando proceda.
Todas las copias deben presentarse autenticadas por Notario Público.
En términos generales, el domicilio registrado ante el SNM corresponde al que figura en el poder presentado con la primera solicitud, y del cual se aporta una copia al momento del registro del pasaporte.
Es posible que, al efectuar el cambio de domicilio, el Servicio Nacional de Migración aplique la multa correspondiente, aunque este punto no ha sido aclarado oficialmente.
Adicional, tener en cuenta que en caso de que haya renovado su pasaporte, deberá realizar el traspaso de sello de registro al nuevo pasaporte al momento de la actualización de información. De ser necesario Migración le indicará si debe obtener un nuevo carné de residente (emitido por Migración) con su nuevo pasaporte.
Este es un proceso que se puede realizar personalmente, sin asistencia legal.
